Tus derechos siempre cubiertos
Como persona consumidora, tienes derecho a que tus reclamaciones sean tratadas con seriedad y de forma adecuada. Si consideras que una queja no ha sido resuelta
satisfactoriamente por la empresa, puedes recurrir a distintos canales para buscar una solución justa. Una opción es acudir al Customer Counsel de la compañía, una oficina
encargada de la mediación y resolución de conflictos entre la empresa y sus clientes.
También puedes dirigirte a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de tu localidad, o solicitar la intervención de la Junta Arbitral de Consumo
La Junta Arbitral de Consumo es un procedimiento extrajudicial que permite resolver conflictos en el ámbito del consumo cuando no se ha logrado llegar a un acuerdo directo entre las partes. A través de este sistema, un tribunal arbitral analiza el caso y emite una resolución que ambas partes se comprometen a cumplir. Se trata de un proceso gratuito, más ágil y menos complejo que una reclamación judicial.
Ahora bien, conforme al artículo 2.2 del Real Decreto 713/2024, de 23 de julio, no pueden someterse a arbitraje de consumo aquellas controversias que versen sobre intoxicación, lesión, fallecimiento, o hechos en los que existan indicios racionales de delito.
Para poder iniciar este procedimiento, es necesario haber presentado previamente una reclamación ante la empresa y haber recibido una respuesta. Solo en ese caso se podrá solicitar la tramitación del arbitraje a través de la Junta Arbitral de Consumo.